El Tribunal Supremo confirma la sentencia a favor de ATES sobre el plus de rotación aeroportuaria

El Tribunal Supremo confirma la sentencia a favor de ATES sobre el plus de rotación aeroportuaria

Estimados compañeros, el pasado 12 de mayo, el Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por SEGURISA S.A, contra la sentencia de conflicto colectivo que interpuso ATES con relación al cobro del plus de rotación aeroportuaria, dicha sentencia manifestaba lo siguiente:

 

“Estimamos la demanda de conflicto colectivo, por lo que declaramos que el complemento plus filtro rotación regulado en el articulo 43.e) debe abonarse al Vigilante de Seguridad que presta sus servicios en los filtros de pasajeros y/o empleados por su jornada de trabajo completa siempre y cuando dichos controles en los que se produce rotación impliquen el empleo de radioscopia aeroportuaria y con los limites del articulo 43.4 del mismo texto legal, por lo que condenamos consecuentemente a la empresa SEGURISA a estar y pasar por dicha declaración a todos los efectos legales oportunos».”

 

Aunque este proceso ha sido largo y muy laborioso, el resultado nos llena de satisfacción, es una batalla más ganada por ATES en la lucha por la defensa de los derechos de todos los compañeros que formamos esta profesión, lucha que no dejaremos nunca de batallar.

 

Queremos dejar muy claro y que no pueda llevar a confusión alguna, que todo este proceso es iniciado por nuestro sindicato ATES, comenzando en noviembre del 2018 ante la Comisión Paritaria de Convenio Colectivo, posteriormente ante el SMAC de la Comunidad de Madrid, y en demanda interpuesta ante la Audiencia Nacional el día 16 de julio 2019, a la cual, posteriormente en el juicio que se celebró, y en vista de la importancia de esta denuncia, se adhirieron a ésta varios sindicatos más, mientras que otros, no lo hicieron (suponemos que no lo consideraron lo suficientemente importancia para ellos).

 

Como ya nos conocéis, no somos un sindicato que nos guste alardear de los éxitos conseguidos, ya que, para nosotros, el éxito y la satisfacción del deber cumplido, es aquel que lleva el beneficio para todos los trabajadores, pero en vista de las informaciones y comunicados que se han publicado y circulan al respecto de esta sentencia, nos vemos en la obligación de informar de la realidad de la misma.

 

Informaros, que las reclamaciones de cantidades se realizarán individualmente, por lo que los tiempos de inicio y finalización del proceso judicial no será́ el mismo para todos los trabajadores.

 

Para cualquier aclaración no dudéis en contar con los miembros de la Sección Sindical, como siempre velarán por vuestros intereses y os mantendrán informados.

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